Se podrán exportar cortes bovinos preferidos frescos, enfriados o congelados

Tras vencer el plazo de suspensión del Decreto 911/21. El Senasa adecuó los procedimientos vigentes a partir del 1 de enero.

El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) habilitó, a partir del 1 de enero de 2024, la exportación de cortes bovinos frescos y de los denominados cortes preferidos frescos, enfriados o congelados.

La medida se basa en que el 31 de diciembre de 2023 finalizan los efectos del Decreto 911/2021 por el cual estaba suspendida la exportación de esos cortes bovinos. Por lo tanto, también dejará de tener efecto la diferenciación para la exportación de vacas de las categorías D y E y de toros, sobre los que hasta ahora no se aplican esas suspensiones.

En virtud de la caducidad de la norma, el Senasa actualizó los procedimientos a la nueva situación y adecuó a las nuevas condiciones los servicios de inspección veterinaria y los sistemas informáticos, particularmente el de certificación de exportaciones, que entrarán en vigencia a partir del primer día del próximo año.

De ese modo, desde el 1° de enero de 2024 se podrán exportar los siguientes cortes bovinos frescos, enfriados o congelados: reses enteras, medias reses, cuarto delantero con hueso, cuarto trasero con hueso, medias reses incompletas con hueso y cuartos delanteros incompletos con hueso.

También se podrán enviar al exterior los siguientes cortes preferidos (frescos, enfriados o congelados): asado con o sin hueso; falda; matambre; tapa de asado, nalga; paleta y vacío.

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