RENATRE: aumentan hasta $100.000 la prestación por desempleo

Apruébase el incremento de los montos de la Prestación por Desempleo, enmarcada en el SISTEMA INTEGRAL DE PRESTACIONES POR DESEMPLEO para todos los trabajadores rurales, instituido por la Ley N° 25.191, los que quedarán fijados, a partir del mes de abril de 2024, en un monto mínimo de $50.000,00, y un máximo de $100.000,00.

REGISTRO NACIONAL DE TRABAJADORES RURALES Y EMPLEADORES

Resolución 1226/2024

Ciudad de Buenos Aires, 20/03/2024

VISTO:

La Ley Nº 25.191 y su Decreto Reglamentario Nº 453/01, la Resolución RENATRE N° 01 de fecha 5 de enero de 2024 (B.O 9/01/2024), Resolución RENATRE N° 1101 de fecha 6 de marzo de 2024, el Acta de Directorio N° 134 de fecha 14 de marzo de 2024 y;

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 25.191 dispuso la creación del REGISTRO NACIONAL DE TRABAJADORES RURALES Y EMPLEADORES —RENATRE— como ente autárquico de derecho público no estatal, integrado por miembros de organizaciones de todo el sector rural y cuya dirección está a cargo de representantes de las entidades empresarias y sindicales de la actividad.

Que a través de su artículo 16 de la Ley N° 25.191 se instituye el Sistema Integral de Prestaciones por Desempleo.

Que a los fines del financiamiento del Sistema, el artículo 14 de la Ley N° 25.191 establece que el empleador rural deberá aportar una contribución mensual con destino al REGISTRO NACIONAL DE TRABAJADORES RURALES Y EMPLEADORES (RENATRE) del UNO Y MEDIO POR CIENTO (1,5 %) del total de la remuneración abonada a cada trabajador.

Que mediante la Resolución RENATRE N° 1101 de fecha 6 de marzo de 2024 se incrementaron los montos de la prestación por desempleo mensual a partir del mes de marzo de 2024, elevando el monto mínimo a PESOS CUARENTA Y DOS MIL QUINIENTOS CON 00/100 CVOS ($42.500,00) y el monto máximo a PESOS OCHENTA CINCO MIL CON 00/100 CVOS ($85.000,00).

Que el Cuerpo Directivo del RENATRE, en su reunión de fecha 14 de marzo de 2024, Acta N° 134, resolvió aprobar el incremento del monto de la Prestación por Desempleo mensual a partir del mes de abril del 2024 y estableció el monto mínimo de dicha prestación en PESOS CINCUENTA MIL CON 00/100 CVOS ($50.000,00) y el monto máximo en PESOS CIEN MIL CON 00/100 CVOS ($100.000,00).

Que Coordinación General, la Subgerencia de Prestaciones por Desempleo, la Subgerencia de Asuntos Jurídicos y la Gerencia Administrativa, Técnica y Jurídica del RENATRE han tomado la intervención que les compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el art. 8 de la Ley Nº 25.191.

Por ello,

EL DIRECTORIO DEL REGISTRO NACIONAL DE TRABAJADORES RURALES Y EMPLEADORES (RENATRE)

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º: Derógase la Resolución RENATRE N° 1101 de fecha 6 de marzo 2024.

ARTÍCULO 2°: Apruébase el incremento de los montos de la Prestación por Desempleo, enmarcada en el SISTEMA INTEGRAL DE PRESTACIONES POR DESEMPLEO para todos los trabajadores rurales, instituido por la Ley N° 25.191, los que quedarán fijados, a partir del mes de abril de 2024, en un monto mínimo de PESOS CINCUENTA MIL CON 00/100 CVOS ($50.000,00), y un máximo de PESOS CIEN MIL CON 00/100 CVOS ($100.000,00).

ARTÍCULO 3°: La atención de las erogaciones financieras necesarias que demande la presente medida serán atendidas con los recursos financieros provenientes del artículo 13 de la Ley N°25.191.

ARTÍCULO 4°: Regístrese en el Registro de Resoluciones del RENATRE. Comuníquese. Publíquese. Dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.