Lana ovina: SENASA habilita la “Barraca de Campo” y simplifica la exportación directa desde los establecimientos

La nueva categoría permitirá exportar lana sucia directamente desde el campo, sin pasar por centros urbanos, reduciendo costos logísticos y tiempos operativos. La medida apunta a fortalecer la competitividad del sector ovino sin modificar los estándares sanitarios.

El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) dio un paso clave para modernizar la operatoria del sector ovino argentino al incorporar la categoría “Barraca de Campo”, una figura destinada a establecimientos rurales que acopian su propia lana sucia y podrán exportarla de manera directa desde el lugar de origen.

La medida quedó formalizada a través de la Resolución SENASA 44/2026, publicada en el Boletín Oficial, y representa un cambio operativo significativo para productores y operadores del circuito lanero, especialmente en regiones alejadas de los grandes centros urbanos.

Exportar desde el campo, sin escalas intermedias

Hasta ahora, la lana sucia debía trasladarse a barracas tradicionales o centros urbanos habilitados para completar el proceso previo a la exportación. Con la nueva normativa, los establecimientos rurales registrados como “Barraca de Campo” podrán despachar directamente la lana hacia destinos internacionales, siempre cumpliendo con los requisitos sanitarios vigentes.

El objetivo central es optimizar tiempos, reducir costos logísticos y mejorar la eficiencia de la cadena, sin alterar las exigencias sanitarias que sostienen el acceso de la lana argentina a los mercados internacionales.

Desde SENASA subrayan que no se trata de una flexibilización sanitaria, sino de una simplificación administrativa y operativa para quienes ya cumplen con las normas.

Los puntos clave de la nueva normativa

Entre los aspectos centrales que establece la resolución se destacan:

La identificación específica de la “Barraca de Campo” dentro del Sistema Único de Registro de SENASA (SUR), lo que permitirá formalizar esta nueva figura dentro del esquema oficial.

La utilización del Documento de Tránsito de Animales (DTe) para el movimiento de lana sucia desde los establecimientos rurales hacia los puestos de frontera.

La emisión del Certificado Sanitario de Exportación Definitivo (CSED) en plazoletas fiscales, agilizando el cierre del proceso exportador.

La facultad de las Direcciones Nacionales competentes para implementar acciones complementarias que modernicen y aceleren los procedimientos de certificación.

Todo el esquema mantiene intactos los mecanismos de trazabilidad y control, garantizando transparencia y seguridad sanitaria a lo largo de la operatoria.

Un alivio operativo para un sector estratégico

La decisión llega en un contexto en el que el sector ovino enfrenta desafíos estructurales vinculados a costos, logística y competitividad, especialmente en zonas alejadas de los puertos y centros de acondicionamiento.

Para muchos productores, la posibilidad de exportar directamente desde el campo representa una mejora concreta en márgenes y previsibilidad, además de abrir nuevas oportunidades comerciales para establecimientos medianos y pequeños que ya cuentan con volumen y condiciones sanitarias adecuadas.

Más competitividad sin resignar estándares

Con esta resolución, SENASA busca combinar dos objetivos centrales: sostener los estándares sanitarios exigidos a nivel internacional y adaptar la normativa a las realidades productivas y logísticas del interior del país.

La incorporación de la “Barraca de Campo” aparece así como una herramienta estratégica para fortalecer la cadena lanera, promover exportaciones y mejorar la inserción internacional de la lana argentina, sumando eficiencia sin resignar control.

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